GENERALIDADES
Para la Caja del Seguro Social se considera invalido, al asegurado que, a causa de enfermedad o alteración física o mental, queda incapacitado para procurarse, por medio de un trabajo proporcionado a sus fuerzas, capacidad y formación profesional, una remuneración equivalente por invalidez o de la que habitualmente antes de sobrevenirle la invalidez o de la que habitualmente percibe en la misma región un trabajador sano del mismo sexo y de la capacidad y formación semejantes.
REQUISITOS
1. Ser declarado invalido por la Comisión de Prestaciones.
2. Tener al iniciarse la invalidez, un mínimo de 36 cuotas mensuales.
3. Si tiene derecho puede solicitar las asignaciones familiares (B/.20.00 por Esposa o compañera y B/.10.00 por cada hijo menor de 18 años).
4. El asegurado que es declarado inválido por la Comisión Médica Calificadora y no reúne los requisitos de 36 cuotas, podrá pedir Indemnización por Invalidez. Será requisito que el asegurado tenga acreditadas no menos de doce (12) meses de cotización, de los cuales por lo menos seis (6) meses deben corresponder al último año anterior a la fecha de la invalidez.
5. No se concederá pensión de invalidez a cualquier asegurado que a pesar de reunir los requisitos antes señalados se encuentren en la siguiente situación:
- Que la invalidez sea producida por causa o consecuencia de accidente de trabajo o de enfermedad profesional.
- Que el estado de invalidez hubiera sido provocado intencionalmente por el asegurado, o que fuere consecuencia de la Comisión de un delito del que el asegurado sea responsable.
- Que la invalidez se produzca después de alcanzar la edad señalada para el derecho a la pensión de vejez.
El Departamento de Trabajo Social, notificará al solicitante la Fecha en que deben presentarse a los exámenes médicos.
DOCUMENTOS A PRESENTAR
- Original y Copia de Cedula de Identidad Personal (vigente y legible).
- Original y Copia de Carné de Seguro Social.
- Ultimo talonario de ficha, si están trabajando.
- Formulario de solicitud lleno en la agencia más cercana a su residencia.
- Si el asegurado(a) no puede presentar la solicitud personalmente debe realizarlo a través de Trabajo Social o un apoderado legal.
Observación: A partir de la fecha, todos los asegurados que requieran realizar su trámite de pensión por vejez u otra prestación económica a largo plazo; pueden descargar el formulario de solicitud, completando la información y firmando el mismo en las casillas que se requieren las firmas, para posteriormente enviarlo a través del correo solicituddepension@css.gob.pa con los documentos o requisitos solicitados.